El administrador de una sociedad debe de estar siempre en el domicilio fiscal
Muchos comportamientos de la Administración resultan decimonónicos y totalmente fuera de lugar. En pleno siglo XXI, cuando está claro que una empresa, para existir y funcionar, ni siquiera necesita en muchos casos un domicilio porque muchas actividades funcionan con el teléfono móvil del coche o un ordenador portátil conectado mediante wireless gratuito en la Plaza Mayor de Madrid, todavía Hacienda se permite hacer algunos comentarios en sus acuerdos administrativos que claman al cielo.
Me voy a referir (por supuesto sin identificar al afectado) a una NOTIFICACIÓN DE DENEGACIÓN DE SOLICITUD DE REHABILITACIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
El siguiente párafo ha sido directamente escaneado de una notificación real fechada el pasado mes de julio, ya bien entrado el siglo XXI:

Voy a comentarlo punto por punto porque no tiene desperdicio:
1.- Se ha realizado visita por Agente Tributario de esta Administración con fecha..., y en diligencia de constancia de hechos se pone de manifiesto que el domicilio corresponde a un apartamento dentro de un complejo cerrado al público...
...me pregunto:
a) ¿Qué tendrá que ver que el domicilio esté en un recinto cerrado al público? ¿Acaso una empresa para funcionar debe de tener una zona de acceso a clientes? La mía propia no dispone de oficinas de atención al cliente. Nosotros funcionamos completamente via internet, fax y teléfono. Los clientes nos ven directamente en la Notaría el día que van a firmar su sociedad.
b)Si el domicilio está realmente en un apartamento dentro de un complejo cerrado al público, ¿Cómo se entiende que el Agente Tributario haya tenido acceso al mismo? ¿Acaso se consideran de otra clase? Está cerrado al público... pero ellos pueden entrar.
c)Independientemente de todo, si ellos han podido entrar para comprobar y notificar... ¿Qué más necesitan de un domicilio fiscal? ¿Que les inviten a almorzar?
2.- El conserje manifiesta que desconoce la sociedad.
...más preguntas:
a) ¿En calidad de qué interviene el conserje?
b) ¿Qué obligación tiene el conserje de conocer la existencia de un domicilio fiscal en uno de los apartamentos de la urbanización donde trabaja? ¿Es acaso el conserje considerado empleado de la empresa?
3.- ...pero que en el citado apartamento es inquilino de la vivienda, don..., el administrador de la sociedad.
...¿?
a) Llegados a este punto es de suponer que el administrador ha domiciliado la empresa en su propio domicilio. ¿Es eso un crímen?
b) No ha comunicado esta circunstancia al conserje... ¿Tenía obligación?
4.- En el inmueble está quien dice ser cónyuge de don..., que manifiesta que él (el administrador) está en Lisboa.
...la repanocha
a) Hacienda ha encontrado el domicilio.
b) Hacienda ha tenido acceso al domicilio.
c) Hacienda ha hablado con alguien que estaba en el domicilio y que sí que conocía la existencia de la sociedad
d)... pero el administrador no estaba.
Todo esto lo ha utilizado la administración para denegar una solicitud realizada por el propio administrador de la sociedad.
¿Qué se debería de hacer en estos casos?
La verdad es que yo me pierdo ante tanta necedad.
Ramón Cerdá
Este artículo está relacionado con SOCIEDADES URGENTES, a propósito del DOMICILIO
Me voy a referir (por supuesto sin identificar al afectado) a una NOTIFICACIÓN DE DENEGACIÓN DE SOLICITUD DE REHABILITACIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
El siguiente párafo ha sido directamente escaneado de una notificación real fechada el pasado mes de julio, ya bien entrado el siglo XXI:

Voy a comentarlo punto por punto porque no tiene desperdicio:
1.- Se ha realizado visita por Agente Tributario de esta Administración con fecha..., y en diligencia de constancia de hechos se pone de manifiesto que el domicilio corresponde a un apartamento dentro de un complejo cerrado al público...
...me pregunto:
a) ¿Qué tendrá que ver que el domicilio esté en un recinto cerrado al público? ¿Acaso una empresa para funcionar debe de tener una zona de acceso a clientes? La mía propia no dispone de oficinas de atención al cliente. Nosotros funcionamos completamente via internet, fax y teléfono. Los clientes nos ven directamente en la Notaría el día que van a firmar su sociedad.
b)Si el domicilio está realmente en un apartamento dentro de un complejo cerrado al público, ¿Cómo se entiende que el Agente Tributario haya tenido acceso al mismo? ¿Acaso se consideran de otra clase? Está cerrado al público... pero ellos pueden entrar.
c)Independientemente de todo, si ellos han podido entrar para comprobar y notificar... ¿Qué más necesitan de un domicilio fiscal? ¿Que les inviten a almorzar?
2.- El conserje manifiesta que desconoce la sociedad.
...más preguntas:
a) ¿En calidad de qué interviene el conserje?
b) ¿Qué obligación tiene el conserje de conocer la existencia de un domicilio fiscal en uno de los apartamentos de la urbanización donde trabaja? ¿Es acaso el conserje considerado empleado de la empresa?
3.- ...pero que en el citado apartamento es inquilino de la vivienda, don..., el administrador de la sociedad.
...¿?
a) Llegados a este punto es de suponer que el administrador ha domiciliado la empresa en su propio domicilio. ¿Es eso un crímen?
b) No ha comunicado esta circunstancia al conserje... ¿Tenía obligación?
4.- En el inmueble está quien dice ser cónyuge de don..., que manifiesta que él (el administrador) está en Lisboa.
...la repanocha
a) Hacienda ha encontrado el domicilio.
b) Hacienda ha tenido acceso al domicilio.
c) Hacienda ha hablado con alguien que estaba en el domicilio y que sí que conocía la existencia de la sociedad
d)... pero el administrador no estaba.
Todo esto lo ha utilizado la administración para denegar una solicitud realizada por el propio administrador de la sociedad.
¿Qué se debería de hacer en estos casos?
La verdad es que yo me pierdo ante tanta necedad.
Ramón Cerdá
Este artículo está relacionado con SOCIEDADES URGENTES, a propósito del DOMICILIO





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