Para presentar un recurso ante el Tribunal Económico Administrativo, ¿pagar o avalar?
Cuando presentamos un recurso ante el tribunal Económico Administrativo por algún asunto de Hacienda, pueden pasar años antes de que nos den la razón, y además, si se trata de un acto con cuantía (como lo son la mayoría), existe la injusticia añadida de que tendremos que pagar previamente lo que a Hacienda se le ha antojado pedirnos. Una vez más queda patente de que eso que uno es inocente hasta que se demuestre contrario no es más que una patraña cinematográfica.
Ahora bien, se puede elegir entre pagar o avalar. Mi consejo inquebrantable es que usted avale y no pague. No se ahorrará nada, y además, lo normal es que el aval le suponga unos gastos, pero no les de el gusto de que estén disfrutando impunemente de su dinero cuando no les corresponde.
Si avala, ellos tienen garantizado el cobro en el caso de que el tribunal decida darle la razón a Hacienda y no a usted, pero si finalmente la razón se la dan a usted, ellos no habrán visto ni un duro en todo ese tiempo, y además tendrán que pagarle los gastos del aval.
Yo desde luego lo tengo clarísimo... SIEMPRE AVALAR Y NO PAGAR.
Ramón Cerdá





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